
Publicado: 22 de Noviembre de 2019
Usted tiene un negocio que, debido a un incendio fortuito, va a tener que
cerrar unos tres meses.
¿Sabe que tiene derecho a cobrar el desempleo de los autónomos
mientras duren las obras de reparación?
El “paro” de los autónomos también se puede solicitar
si el cese en la actividad del autónomo es temporal. Por tanto, en supuestos
de fuerza mayor como un incendio es viable pedir el cobro mientras el negocio
esté cerrado por las obras.
Veamos cómo:
Cese de actividad
Desempleo de los autónomos. Como todos los autónomos,
usted cotiza de forma obligatoria por cese de actividad (el “paro”
de los autónomos). Por tanto, si cesa en su actividad de forma involuntaria
tendrá derecho a percibir el paro (siempre que cumpla con algunos requisitos):
Deberá haber cotizado al menos 12 meses por cese de actividad.
Si no cotizaba por esta contingencia antes de 2019 (hasta entonces la cotización
era voluntaria), no podrá acceder a la prestación hasta enero
de 2020.
Deberá hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad
Social.
No deberá haber alcanzado la edad de jubilación. En 2019 dicha
edad es de 65 años si ha cotizado 36 años y 9 meses o más,
o bien de 65 años y 8 meses.
Cese de actividad Temporal. En su caso, usted no va a cesar
de forma definitiva sino que va a estar parado un tiempo por causas de fuerza
mayor. En concreto, un incendio le ha obligado a hacer unas reformas en su local.
Pues bien, la ley también permite cobrar esta prestación
si el cese en la actividad del autónomo es temporal (de
modo que se interrumpa la actividad que originó su alta en
el RETA ) .
Duración y cuantía: Variable. La duración
de la prestación es variable, según los períodos de cotización
por cese de actividad existentes en los 48 meses anteriores a la situación
de desempleo.
A estos efectos, si ha cotizado de 12 a 17 meses, podrá cobrar la prestación
durante cuatro meses (o el tiempo inferior que duren las obras).
Importe. El paro se abona en una cuantía igual al 70%
del promedio de la base de cotización de los 12 meses anteriores a la
situación legal de desempleo, con unos topes y unos máximos. Por
ejemplo; Si cotiza por una base promedio de 1.500 euros, la prestación
será de 1.050 euros.
Solicitud.
Fuerza mayor.
En general, para acceder a la prestación se deben acreditar ciertas causas (entre otras, causas técnicas, económicas, productivas u organizativas, o la fuerza mayor determinante del cese temporal).
Pese a lo anterior, las mutuas suelen denegar muchas solicitudes Pida a su mutua el modelo de solicitud de la prestación,
rellénelo y adjunte los documentos que le pidan (su fotocopia del DNI,
un certificado de estar al corriente de pago...). Deberá firmar una declaración jurada indicando el motivo
del cese (en su caso, la fuerza mayor por un incendio) y su fecha
de efectos. Las mutuas suelen incluir en el modelo de solicitud un apartado con
dicha declaración jurada. Aporte la documentación que acredite la fuerza mayor
(en su caso, partes de aseguradoras, o atestados emitidos por las autoridades
locales sobre el siniestro sufrido). Si tiene trabajadores, habrá solicitado la suspensión de
los contratos por fuerza mayor. Por tanto, aporte el informe
de la Autoridad Laboral constatando la existencia de fuerza mayor.